Gobierno y administración
Consejo de fundadores
Está constituido por los Miembros Fundadores y afiliados reunidos con el quórum y en las condiciones previstas en los estatutos. Este Consejo es la máxima autoridad de la entidad.
Consejo superior
Será elegido por los miembros Fundadores en la Asamblea General, para períodos de un año. Está conformado por:
- El Presidente.
- El Presidente alterno.
- Miembros.
- El Rector.
Este Consejo tendrá un Presidente elegido para períodos de un año, por el consejo de fundadores, el cual podrá ser reelegido hasta por dos períodos sucesivos.
Consejo directivo
Tiene como funciones:
- Servir de primera instancia en la presentación de recursos en los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los alumnos y de éstos entre sí y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.
- Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y presentarlos al Consejo Superior para su aprobación y para que sea presentado a Secretaría de Educación por el representante legal.
- Recomendar decisiones que afecten el funcionamiento de la institución, excepto las que sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas al Consejo de Fundadores.
Está integrado por:
- El Rector, quien lo presidirá.
- 2 representantes docentes elegidos por los profesores en asamblea de docentes.
- 1 representante de los estudiantes de último grado elegido por el Consejo de Estudiantes.
- 1 representante de los egresados elegido por el Consejo Superior.
- 1 representante de los padres de familia elegidos por la Junta Directiva de la Asociación de Padres.
- 1 representante de los sectores productivos elegido por el Consejo Superior
Rectoría
Tiene la representación legal de la institución y ejecuta las políticas diseñadas por el consejo de fundadores y el Consejo Superior. Las obligaciones y atribuciones del rector serán las que determinen los estatutos de la corporación, el consejo de fundadores y el consejo superior.
Consejo académico
Tiene como funciones:
- Servir de órgano asesor del Consejo Superior y del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del Proyecto Educativo Institucional.
- Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, teniendo en cuenta los resultados de la evaluación institucional y la dinámica interna de la institución; así como los procedimientos previstos en el decreto 1860/94 y las demás reglamentaciones a la ley 115.
- Integrar los comités de evaluación y promoción para la evaluación periódica del rendimiento de los educandos y para la promoción; asignarles sus funciones, supervisar el proceso general de evaluación.
- Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución acorde con el modelo curricular asumido.
- Supervisar el cumplimiento del calendario académico.
- Recibir y decidir los reclamos de los alumnos en el proceso de evaluación.
- En general velar por el cumplimiento de las normas vigentes del Ministerio de Educación en lo que asuntos académicos se refiere.
Está conformado por:
- El rector.
- Los coordinadores académicos y el coordinador de convivencia.
- El líder de cada una de las áreas definidas en el plan de estudios.
- El representante del consejo superior.
- Los psicólogos (as).
- La coordinación de calidad.